Casos Legales en las Cortes Canadienses
Recherches Internationales Quebec v Cambior Inc.
En 1995, hubo un fallo en una presa de relaves en la mina de oro Omai en Guyana. Este derrame causó que miles de millones de litros de desechos mineros contaminaran los ríos Omai y Esequibo. En 1997, un grupo de indígenas guyaneses presentó una demanda contra el propietario mayoritario de la mina, Cambior Inc, en la Corte Suprema de Quebec. Los demandantes estaban demandando por negligencia. El caso nunca fue a juicio porque la corte de Quebec determinó que las cortes de Guyana eran más apropiadas a través de forum non-conveniens. Esta decisión se tomó a pesar del testimonio de expertos que mostraron prejuicio en el sistema judicial de Guyana. La corte de Quebec rechazo el reclamo y ordenó a los demandantes a pagar los gastos legales de Cambior. El caso en Guyana también fue rechazado.Choc v Hudbay; Chub v Hudbay; Caal v Hudbay
Estos tres casos separados involucran a demandantes guatemaltecxs que inician casos en la Corte Suprema de Ontario contra Hudbay Minerals Inc. Las demandas se refieren a una serie de eventos entre 2007 y 2009 donde los demandantes alegan que el personal de seguridad contratado por la empresa subsidiaria CGN en la mina de níquel Fenix en El Estor, Guatemala mató a un líder de la comunidad, disparó y paralizó a otro, y violaron en grupo a once mujeres. El personal del equipo de seguridad eran conocidos criminales de guerra. Hudbay Minerals intentó que la corte rechazara los reclamos de los demandantes, argumentando que no había una causa viable de acción. En 2013, la corte negó la moción de huelga de Hudbay, permitiendo que los casos continúen.Estos casos aún están en curso. Estas demandas no están tratando de responsabilizar a HudBay por los actos de su subsidiaria. En cambio, están tratando de demostrar que HudBay tenía un deber de cuidado y que, a través de sus actos y omisiones, es directamente responsable del daño. Este es el primer caso en Canadá que procede a un juicio en el que demandantes extranjerxs alegan daños causados por las operaciones en el extranjero de una compañía canadiense.
Araya v Nevsun Resources LTD
Actualización: En octubre de 2020, los demandantes publicaron la siguiente declaración: “Las partes de varias demandas relacionadas con la participación de Nevsun Resources Ltd en la mina Bisha en Eritrea anunciaron hoy que han resuelto sus demandas. Los términos del acuerdo son confidenciales. El acuerdo trae una conclusión mutuamente satisfactoria a más de 5 años de litigio relacionado con la mina Bisha."Comentario de la plataforma MERE sobre el caso, previo al acuerdo:
Tres demandantes eritrexs comenzaron procedimientos contra Nevsun Resources en la Corte Suprema de Columbia Británica en 2014. Lxs demandantes alegaron que Nevsun aprobó el uso generalizado de trabajo forzoso a través de su subsidiaria y un contratista controlada por el gobierno de Eritrea en la mina Bisha cerca de Asmara, Eritrea. Lxs demandantes demandaron por conversión, agresión, confinamiento ilegal, negligencia, conspiración e imposición negligente de angustia mental. Esto en adición a las denuncias basadas en las disposiciones del derecho internacional contra el trabajo forzoso, la tortura, la esclavitud, el trato cruel e inhumano y los crímenes de lesa humanidad.
Nevsun buscaba el rechazo del caso basado en el forum non-conveniens y la doctrina del “acto de estado” que impide que las cortes canadienses decidan sobre los actos de estados extranjeros. Los abogados de Nevsun argumentaron que los reclamos del derecho internacional no pueden aplicarse porque gobiernan los estados, no las empresas.
La Corte Suprema de Columbia Británica negó las mociones de Nevsun para destituir el caso y en 2017 la decisión fue confirmada en apelación. Esta es la primera vez que una corte de apelación canadiense reconoció que una empresa puede ser demandada por presuntas violaciones de derechos humanos. En enero de 2019, Nevsun cuestiono la decisión de la corte de apelación ante la Corte Suprema de Canadá y el uso de los demandantes de leyes internacionales. A partir de octubre de 2019, la decisión está pendiente.
Este caso planteaba preguntas interesantes sobre los conceptos centrados en el estado que subyacen las leyes internacionales. Hay una diferenciación entre sujetos y objetos de derecho. Esto significa que hay una diferencia entre los actores que tienen "legitimación" (sujetos de derecho) y los actores que son beneficiarios, o en el extremo receptor de las leyes (objetos de derecho). Como sujetos de leyes internacionales, los estados se consideran entidades que tienen derechos y deberes a nivel internacional. La implicación es que los sujetos de leyes internacionales son las entidades que hacen las reglas que luego se imponen a los otros actores, que son objetos de la ley. Históricamente ha habido una renuencia en la ley internacional de incluir actores no estatales como sujetos de derecho internacional. La reticencia se remonta a las raíces de la ley internacional que se basa en la legitimidad legal derivada de la soberanía y el consentimiento. Sin embargo, la realidad actual es que hay una multitud de entidades no estatales que participan en comportamientos normalmente reservados para los estados como "sujetos oficiales". Los actores no estatales tienen una influencia tangible sobre el orden legal internacional como se puede ver con las multinacionales mineras. Vea la discusión sobre un Tratado Internacional de Derechos Humanos de Empresas para más detalles.